domingo, 2 de septiembre de 2012

Reformas Constitucionales (versión final), Acuerdo Gubernativo 196-2012

Buen día  compañeros, en esta ocasión les presento la versión completa y final de las reformas constitucionales que plantea el Gobierno de Guatemala del Organismo Ejecutivo al Congreso de la República. 

Al final solo (desea) que se reforme 35 artículos, haciendo varios modificaciones a la versión preliminar, cuyo contenido ya fue publicado en este espacio, por el cual a grandes rasgos y sin entrar a fondo y a primera vista, esta mal hecha, porque fue hecha por una o dos personas, con poco conocimiento sobre el tema constitucional, aunque fue asesorado por 7 personas, también denominado tanques del pensamiento, y otras personas desconocidas, aunque esto no significa que ellos lo hayan escrito; sin embargo la rapidez no es sinónimo de calidad, porque la versión preliminar era la versión de las 7 personas y del Presidente y asesores, mientras que la versión final es la versión corregida, enmendada y poco calificada de la anterior, inconsistente hasta llegando a lo incongruente.

En un tiempo cercano, se hará el análisis correspondiente, sobre cada una de estas reformas, en las que iniciando la observación se han añadido dos reformas, esto significa que se harán 33 reformas de  la versión preliminar y otras 2 de la versión final.

Haciendo las proyecciones sobre la aprobación de las reformas constitucionales, se tomará como entre dos a tres años, para que se apruebe, (sin tomar en cuenta la consulta popular) a menos que sea ambicioso, de entre un año y medio a dos, dependiendo como está la maquinaria política y los factores de esta a que estén a su alrededor, eso si tiene el camino despejado. Sin embargo tiene buenas posibilidades, ya que  en el presente año ha demostrado la capacidad de convencer, y que  ha  tenido buenos retos, pero en este tema es complejo, porque además de que se reforma la carta magna, reforma a las demás leyes que están debajo de esta, (porque está matando veinte pájaros de un tiro) y además crea una base y un buen antecedente, pero esto de nada me sirve si se aplica correctamente.

En mi punto de vista, lo miro innecesario, porque de nada me sirve, que lo cambien si no se aplica como debe ser, de que lo respeten los ciudadanos guatemaltecos (aunque algunos lo hacen hacia otras personas, y otras las pelan), y que estas reformas lo puede hacer en leyes ordinarias; 
Otras forma para que el respeto a la Constitución mejore, es que sea reformable tiempo después a su creación, de entre 40 a 60 años: porque la generación que la creo no intervenga en la reforma, de igual forma que las todas mañas no se traspasen a la próxima generación, la que exista otra forma de pensamiento adecuado a su realidad.

Es aceptable reformar la CPRG cuando se trate el amparo, porque es abusado esta garantía constitucional, pero de igual forma es mejor reformarla en su ley específica.

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