lunes, 5 de marzo de 2012

Leyes penales variadas, específicas y en algunos casos pequeñas


Buen día compañeros, hoy por medio de esta entrada les presento leyes penales,  que son importantes, variadas, debido a que tienen una función específica y que son pequeñas por lo que no es necesaria una descripción grande y que tenga una por cada entrada, por lo que haré la presentación de 4 leyes de forma sucesiva, estás son: 


  • Dto. 28-86: que regula la descripción, así como también sus causas y la sanción del delito económico especial, que cometen las personas individuales y los representantes de personas jurídicas que utilizan con fines distintos bienes del Estado;
  • Dto. 09-2007, Ley de Registro de Terminales Móviles Robadas o Hurtadas: que regula el bloqueo de terminales móviles (celulares), por causa de robo o hurto, así como su activación de estos y la creación de una base de datos de estos móviles. Ya que en la actualidad se aplica a medias y que es de poco conocimiento para la población guatemalteca;
  • Dto. 70-96, Ley para la protección de sujetos procesales y personas vinculadas a la administración de justicia: Ley que regula la creación, su composición y el funcionamiento del Servicio de Protección de Sujetos Procesales y Personas Vinculadas a la Administración de Justicia Penal, por el cual tiene como objetivo proporcionar protección a funcionarios y empleados del Organismo Judicial, de las fuerzas de seguridad civil y del Ministerio Público, así como otras personas que estén expuestas a riesgos por su intervención en procesos penales. Que en la actualidad ha sido insuficiente ya que no ha dado la cobertura necesaria ya que esta institución no ha podido por la falta de presupuesto, les debo el reglamento;
  • Dto. 2-96: este decreto tiene como función esencial la reforma de artículos del Código Penal, pero se introduce en esta entrada debido a que existe un artículo específico que no reforma en sí (en forma expresa) los artículos del código penal, Dto. 17-73, sino que regula sobre las penas que estén sancionadas con multa (pena principal) que indica la determinación de las penas sancionadas de multa; 
  • Dto. 145-96, Ley de Reconciliación Nacional: Ley que regula y aplica la amnistía, como causa de extinción de responsabilidad penal de delitos políticos y conexos enumerados en la presente ley a los autores, cómplices y encubridores, bajo el seudónimo de un instrumento básico para la reconciliación de las personas involucradas en el enfrentamiento armado interno. Y aunque no lo indique esta, ya sea el instituto penal (amnistía) o como quién la otorga (Congreso de la República),  se aplicará supletoriamente lo establecido en el Código Penal y en la Constitución Política de la República de Guatemala respectivamente;
Esta última ley (Dto. 145-96) no deroga otros decretos (leyes) emitidos con anterioridad y que regulan la amnistía sobre otros delitos, por lo que entra en conflicto con la presente ley, ya que en la actualidad es usado, en contra de uno de un general retirado y que este solicita la aplicación del Dto. 8-86, pero contradice a lo establecido al Dto. 145-96, específicamente en el artículo 8.

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NOTA: Continuando con el período de leyes penales variadas, específicas y en algunos casos pequeñas, presentaré 2 leyes penales más, ya que por su grado de complicación es necesaria tener a cada una su propia entrada, debido a que regula temas delicados y que son extensos, y que en su oportunidad les haré saber, pero ahora solo les daré los números de decretos para que les interesen un poco:
  • Dto. 100-96 y su reglamento, Acdo. Gub. 49-98;
  • Dto. 55-2010 y su reglamento, Acdo. Gub. 514-2011.
Exitos en su día...



06-JUNIO-2012, Miércoles
Leyes penales variadas, específicas y en algunos casos pequeñas
Tras verificar existen otras leyes y reglamentos que complementan esta entrada por lo que acompaño y que deben de tomarse en cuenta:
Ley para la Protección de Sujetos Procesales y Personas Vinculadas a la Administración de Justicia, Dto. 70-96
Se incluye el reglamento de esta Ley, Acuerdo C-MP 2-2007.
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Ley de Reconciliación Nacional, Dto. 145-96 y Derogación de decretos de amnistía de delitos políticos y comunes conexos, Dto. 133-97
En particular éste decreto (145-96) no contiene reformas sino que forma parte de otro decreto que lo complementa (Dto. 133-97), por lo cual lo incluye en la presente entrada.
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