sábado, 19 de mayo de 2012

Listado de leyes pendientes de publicarse en materia penal


NOTA
Debido a que realmente estoy estancado, (o en termino legislativo, entrampado) en seguir publicando más leyes, reglamentos, tratados o convenciones en materia penal debido a que tengo que reorganizar varios documentos jurídicos, hasta que este reorganizado así lo podre ir publicando; sin embargo eso fue hace unos días al hacer un listado general de todos los documentos que tengo, dandome una claridad a medias de efectuar de como hará las presentaciones, y ahora presento todos los documentos que se encuentran pendentes para publicarse, con el fin de que se den una idea de lo que se viene en los posteriores entradas.

martes, 8 de mayo de 2012

Tratados y convenciones en materia penal, 2da parte (derechos específicos)


Buenas compañeros, a través de esta entrada les presentare la segunda parte (o subsección) de los derechos humanos específicos en tratados y convenciones en materia penal, aprobados y ratificados por el Estado de Guatemala. Como les había explicado en la primera parte, que la anterior es sobre derechos humanos en forma general mientras en esta parte se trata de derechos humanos específicos, por lo cual al transgredir un derecho humano se utiliza mecanismos establecidos en leyes de derecho interno para su cese de la violación al derecho humano en materia penal o procesal penal en materia judicial.

miércoles, 2 de mayo de 2012

Tratados y convenciones en materia penal, Derechos Humanos en general (1ra parte)



Convenciones y tratados en materia penal, derechos humanos (generales)
Buenas compañeros, a través del tiempo (mes de abril específicamente) me hizo reflexionar, pues trataba la manera de como presentar esta entrada y del contenido que debería de tener, ya que presento la sección de Tratados y convenciones en materia penal, pero antes de ir hacia dichos tratados y convenciones, se va a dar información básica para mejor entendimiento y a través de dos partes:

lunes, 26 de marzo de 2012

Ley contra la violencia sexual, explotación y trata de personas, Dto. 9-2009



ola compañeros, en esta ocasión les presento la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, Dto. 9-2009, que tiene por objeto prevenir, reprimir, sancionar y erradicar la violencia sexual, la explotación y la trata de personas, la atención y protección de sus víctimas y resarcir los daños y perjuicios ocasionados.
También desarrolla los preceptos establecidos en el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, cuyo objetivo es prevenir y combatir eficazmente la trata de personas, considerando que se requiere un enfoque amplio e internacional en los países de origen, tránsito y destino que incluya medidas para prevenir dicha trata, sancionar a los tratantes y proteger a las víctimas, amparando sus Derechos Humanos internacionalmente reconocidos. También desarrolla y complementa los instrumentos internacionales siguientes: Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la “Prohibición de las Peores Formas de Trabajo de Menores y la Acción Inmediata para su Eliminación”; Convenios de la Organización Internacional de Trabajo Números 29 y 105, relacionados con “El Trabajo Forzoso y Obligatorio” y “La Abolición del Trabajo Forzoso”; “El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía”, mismos que constituyen para el Estado compromisos debido a que el Estado los ha ratificado.


Ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer, Dto. 22-2008


Hola compañeros, les presento la Ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer, Dto. 22-2008; por el cual esta ley tiene por objeto cumplir y garantizar la vida, libertad, integridad, dignidad, protección y la igualdad de todas las mujeres ante la ley, y de la ley, particularmente cuando por condición de género, en las relaciones de poder o confianza en el ámbito público o privado quien agrede, cometa en contra de ellas prácticas discriminatorias, de violencia física, psicológica, económica o de menosprecio a sus derechos.
Su fin es de promover e implementar disposiciones orientadas a la erradicación de la violencia (física, psicológica, etc.), en contra de las mujeres una vida libre de violencia, basado en la CPRG e instrumentos internacionales sobre Derecho Humanos.