El Código de Notariado, Decreto 314, es la columna vertebral del derecho notarial guatemalteco, producto de la Revolución de Octubre del 44, es decir es el conjunto de normas jurídicas que regulan la actuación, la forma de ingreso, así como los impedimentos e incompatibilidades de la profesión del Notario, los instrumentos públicos que facciona tanto protocolario como extraprotocolario, el Protocolo del Notario, obligaciones notariales, prohibiciones e instituciones que vigilan la función notarial, formas de verificación del protocolo, arancel del servicio y principios jurídicos.
Por lo cual por la forma que describe el Notario en el código, ejerce la función notarial a través del sistema latino, con poco del sistema judicial-notarial.
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