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domingo, 6 de enero de 2013

001 - Estado de Guatemala (Acuerdo Gubernativo 370-2012) contra la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH)

Guatemala ha sido parte desde 1978 al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), Decreto 6-78 y que ha sido ratificado por el Estado de Guatemala para que sea Ley de la República, y que dos instituciones, Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) sean las encargadas de velar por el respeto de los derechos humanos. 
El día 2 de enero del presente año se público en el Diario Oficial (Diario de Centro América), el Acuerdo Gubernativo 370-2012 en la que el Organismo Ejecutivo hace una “Declaración interpretativa sobre la reserva de la Competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos” (Corte-IDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) establecido en el artículo 2 del Acuerdo Gubernativo 123-87, en la que el Estado de Guatemala le indica a la Corte Interamericana que solo lo reconocerá su competencia sobre casos cometidos después del 9 de marzo de 1987 y no antes.

martes, 25 de septiembre de 2012

Aviso sobre los tratados y convenciones en materia penal siguientes….


Quiero informar a todos los usuarios que ingresen a la presente blog, que de ahora en adelante todos los tratados y convenciones en materia penal que estoy presentando en la subsección de materias específicas, NO TENDRÁN SU INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN, por lo que solo tendrán su decreto de aprobación, ya que algunos no lo tienen (el instrumento de ratificación) y se tienen que verificar los demás, por lo que no tengo tiempo para hacerlo, mientras tanto seguiré publicando otros documentos y al terminar esta subsección empezaré con el Código Penal y Código Procesal Penal, actualizadas y acompañado con sus leyes especiales de delitos y reglamentos en materia procesal penal. 

Que tengan un buen día...




domingo, 2 de septiembre de 2012

Reformas Constitucionales (versión final), Acuerdo Gubernativo 196-2012

Buen día  compañeros, en esta ocasión les presento la versión completa y final de las reformas constitucionales que plantea el Gobierno de Guatemala del Organismo Ejecutivo al Congreso de la República. 

Al final solo (desea) que se reforme 35 artículos, haciendo varios modificaciones a la versión preliminar, cuyo contenido ya fue publicado en este espacio, por el cual a grandes rasgos y sin entrar a fondo y a primera vista, esta mal hecha, porque fue hecha por una o dos personas, con poco conocimiento sobre el tema constitucional, aunque fue asesorado por 7 personas, también denominado tanques del pensamiento, y otras personas desconocidas, aunque esto no significa que ellos lo hayan escrito; sin embargo la rapidez no es sinónimo de calidad, porque la versión preliminar era la versión de las 7 personas y del Presidente y asesores, mientras que la versión final es la versión corregida, enmendada y poco calificada de la anterior, inconsistente hasta llegando a lo incongruente.

En un tiempo cercano, se hará el análisis correspondiente, sobre cada una de estas reformas, en las que iniciando la observación se han añadido dos reformas, esto significa que se harán 33 reformas de  la versión preliminar y otras 2 de la versión final.

Haciendo las proyecciones sobre la aprobación de las reformas constitucionales, se tomará como entre dos a tres años, para que se apruebe, (sin tomar en cuenta la consulta popular) a menos que sea ambicioso, de entre un año y medio a dos, dependiendo como está la maquinaria política y los factores de esta a que estén a su alrededor, eso si tiene el camino despejado. Sin embargo tiene buenas posibilidades, ya que  en el presente año ha demostrado la capacidad de convencer, y que  ha  tenido buenos retos, pero en este tema es complejo, porque además de que se reforma la carta magna, reforma a las demás leyes que están debajo de esta, (porque está matando veinte pájaros de un tiro) y además crea una base y un buen antecedente, pero esto de nada me sirve si se aplica correctamente.

En mi punto de vista, lo miro innecesario, porque de nada me sirve, que lo cambien si no se aplica como debe ser, de que lo respeten los ciudadanos guatemaltecos (aunque algunos lo hacen hacia otras personas, y otras las pelan), y que estas reformas lo puede hacer en leyes ordinarias; 
Otras forma para que el respeto a la Constitución mejore, es que sea reformable tiempo después a su creación, de entre 40 a 60 años: porque la generación que la creo no intervenga en la reforma, de igual forma que las todas mañas no se traspasen a la próxima generación, la que exista otra forma de pensamiento adecuado a su realidad.

Es aceptable reformar la CPRG cuando se trate el amparo, porque es abusado esta garantía constitucional, pero de igual forma es mejor reformarla en su ley específica.

LILNK
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lunes, 23 de julio de 2012

Reformas a la Constitución de Guatemala, 2012

Buen día compañeros, hoy les presento, un tema controvertido, de actualidad política-jurídica, de poco conocimiento a la población (y la mayoría lo conocen a grandes rasgos), en la cual afecta a todos los sectores sociales; teniendo su apoyo (a los que van en el partido oficial y algunos fuera de este y el total desacuerdo de los demás sectores sociales), y de análisis y discusión muy profundo debiendo utilizar el tiempo necesario, de la propuesta que efectúa el Organismo Ejecutivo a través del Presidente de la República, que es el proyecto de reforma a la Constitución Política de la República.

Para los que por primera vez quieran entender lo que una constitución, les presento  un punto de vista efectuado por el Sr. Acisclo Valladares Molina, mediante este link, que contiene los puntos importantes de una Constitución.

En tal caso, varios sectores sociales, han manifestado su punto de vista, en algunos casos a los que les concierne, como la Comunidad Indígena, Cacif, sector económico, etc,; en cambio otros, como la Universidad de San Carlos han manifestado su percepción de la situación de las reformas, es una forma más amplia (como debería ser) dando un apoyo parcial a la propuesta; sin embargo la mayoría de los sectores no lo han hecho y esto es grave, ya que si se les quiere tomar en cuenta deben poner su punto de vista, ya que ni el Organismo Judicial, no ha manifestado ampliamente, ya que solo ha dado una versión de la Presidenta del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia.


Más adelante se hará una análisis jurídico profundo sobre la propuesta de reforma a la constitución, porque esto es una herramienta que contribuye a la paz social, la justicia, el bienestar social o bien común de la población guatemalteca. 

Por lo tanto a los que han escuchado o han visto, les presento el proyecto de reforma a la Constitución en versión docx (office), en la versión original, y no modificada hasta el momento, ya que se han reducido 15 de las 50 propuestas para la reforma constitucional. Esto para que se den una idea general de como el Gobierno de la República quiere modificar una constitución.

LINK